CORREDORES JAL | El Corredor Público

INFORMACIÓN GENERAL

¿Quién es el/la Corredor Público?

 

Es un profesional en Derecho habilitado por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Economía, mismo que por naturaleza y por disposición de Ley, se constituye como asesor/asesora del empresario y auxiliar del comercio, facilitando las transacciones mercantiles.

Representa un impulso a la creación de nuevas empresas y a su adecuada regulación, buscando mejorar el ámbito de los negocios dentro del marco legal de las sociedades y comerciantes individuales, promoviendo la sana competencia entre los sectores productivos.

Los/las Corredores Públicos, por disposición de ley, están colegiados de forma obligatoria y cuentan con una fianza vigente que garantiza su actuación.
Los documentos que expide un Corredor Público tiene valor probatorio pleno, ya que es un fedatario público reconocido por la ley, supervisado en su desempeño por la Secretaría de Economía.

EL/LA CORREDOR PÚBLICO

¿Qué facultades tiene?

 

Hacer constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos valor; en hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebran ante él, así como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil.

En la Constitución y en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles, incluso aquellos en los que se haga constar la representación orgánica.

Cotejar y certificar las copias de las pólizas o actas que hayan sido otorgadas ante ellos, así como de los documentos que hayan tenido a la vista que sean de los referidos en los artículos 33 al 50 del Código de Comercio. 

Actuar como árbitro, a solicitud de las pares, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores, de acuerdo con la Ley de la Materia.

Para transmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil.

Asesorar jurídicamente a los comerciantes en las actividades propias del comercio.

Para estimar, cuantificar y valorar los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente.

Requisitos para ser Corredor Público

 

  • Ser Licenciado/Licenciada en Derecho (Abogado).
  • Tener un año de experiencia o práctica en una Correduría o Notaría Pública.
  • Contar con dos años de práctica profesional.
  • Acreditar dos exámenes de alto nivel de dificultad (uno teórico y otro práctico), siendo este último requisito el que ha permitido que el nivel profesional del gremio sea homogéneo y esté altamente preparado para poder desempeñar sus funciones.